martes, 14 de diciembre de 2010

YA ESTAMOS PREPARANDO LOS ARTICULOS QUE VAMOS A VENDER PARA NAVIDADES

 ¡TE SORPRENDERÁS!

jueves, 4 de noviembre de 2010




ACTA CONSTITUYENTE

Nombre de reunión: asamblea constituyente

Fecha: 6 de octubre de 2010
Hora:17:40
Asistente:
Nerea Calvo
Sergio Suescun
Ana Fernández
Maria Gómez
Arantxa Resano
Soraya Pastor
Amel Nedder
Almudena Gregorio
Cristina Romero
Catherine Campos
Esther Ezquerro
Paulina Cifuentes
Begoña González
Puri Argaiz

Orden del día:

Constitución de la Cooperativa y puesta en marcha.

Realización de ESTATUTOS

Elección del presidente y vicepresidente.

Acta
Se llega a los siguientes acuerdos:

  • Constituir una cooperativa de trabajo asociado
  • Entre todos los asistentes a la reunión se votó de forma electa a Sergio Suescun como presidente de la cooperativa, a Nerea Calvo como vicepresidenta, y a Ana Fernández y Maria Gómez como secretarias de la misma.
  • Realización de los estatutos.
  • Cada alumno tendrá que entregar cinco euros como capital inicial de la cooperativa el día 14 de octubre de 2010.
  • La tesorera de la cooperativa será Arantxa Resano.
  • El grupo que se encargara de suscribir la cooperativa en el Proyecto Vanalon serán Begoña González, Paulina Cifuentes y Esther Ezquerro.


Próxima reunión

Fecha:13 de octubre de 2010
Hora:16:00
Lugar: Aula 19 del IES Valle del Cidacos.








miércoles, 3 de noviembre de 2010

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD COOPERATIVA

ConPasta!!

CAPÍTULO 1:

Los siguientes estatutos pertenecen a ConPasta!! Sociedad cooperativa domiciliada en Calahorra  en el IES Valle Cidacos, Aula 19. El objeto social es la compraventa de conservas y pastas, la duración será hasta el 28 de marzo de 2010 y nos financiaremos:

-  Vendiendo bocadillos.
-  Pinchos
-  Chocolate
-  Fruta
- Vendiendo bisutería artesanal
-  Del banco y aportaciones de los socios

Los productos ala venta se cobrarán por adelantado, para lo cual realizaremos unos boletos que servirán de vales para canjearlos por el producto elegido.

CAPÍTULO 2:

LOS SOCIOS

Pueden ser socios de la cooperativa todo alumno de CAT 2.
Las obligaciones de los socios son las siguientes:

- Nos dividimos en cuatro grupos
- Habrá cuatro departamentos distribuidos  en:
                - Contabilidad y tesorería
                 -Comunicación con el exterior y  marketing
                   - Aprovisionamiento
                - Financiación.



NORMAS DE COMPORTAMIENTO


- En los recreos de los miércoles  habrá 2-4 personas vendiendo.
- En caso de mal entendido se resolverá dialogando entre todos.
- Si alguien del grupo quiere un bocadillo deberá pagarlo.
- En caso de que alguna persona no trabaje adecuadamente podrá ser amonestado por el resto del equipo.

CAPITULO 3

Régimen económico:

- Los socios aportarán un capital de 5 euros el 14 de octubre sin excepción de ningún tipo. Y cada socio recibirá un justificante de la aportación.
- El reparto de los beneficios será de la siguiente forma:
- El 50% para una ONG que se  determinará  en una asamblea.
         -  50% a repartir a los socios.

CAPITULO 4

LA ASAMBLEA GENERAL
Competencias: Corresponde en exclusiva a la Asamblea General deliberar y tomar acuerdos sobre los siguientes asuntos (entre otros):

               -Examen de la gestión social, aprobación de las cuentas anuales, distribución de los excedentes disponibles o imputación de las pérdidas.
             -Nombramiento y revocación de los miembros del Consejo Rector, de los Interventores o Liquidadores.

EL CONSEJO RECTOR
Es el órgano de gobierno, gestión y representación de la sociedad cooperativa, con sujeción a lo establecido en la presente Ley, en los Estatutos y en la política general fijada por la Asamblea General. El Presidente del Consejo Rector, que lo será también de la cooperativa, ostentará la representación legal de la misma El Consejo Rector podrá conferir apoderamientos, y en especial nombrar y revocar al Gerente, Director general o cargo equivalente como apoderado principal de la cooperativa.

Composición: Los Estatutos establecerán la composición y organización del Consejo Rector, cuyo número de miembros no podrá ser inferior a 3, debiendo existir, en todo caso, un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario. En aquellas cooperativas en las que el número de socios sea inferior a 10, los Estatutos podrán establecer la existencia de un Administrador único, persona física que deberá tener la condición de socio, con las competencias y el régimen establecido para el Consejo Rector.

CAPITULO 5 

La empresa de disolverá cuando finalice la última actividad.




miércoles, 27 de octubre de 2010

1. ¿A qué principios se tienen que someter las cooperativas?. Buscadlos en Internet y comentadlos.

Principios cooperativos

Primer principio: Adhesión abierta y voluntaria

Las cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la condición de socios, sin discriminación de género, raza, clase social, posición política o religiosa.

 Segundo principio: Control democrático de los socios

Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus socios, quienes participan activamente en la definición de las políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar a su cooperativa, responden ante los socios. En las cooperativas de base, los socios tienen igual derecho de voto (un socio, un voto), mientras en las cooperativas de otros niveles también se organizan con procedimientos democráticos.

 Tercer principio: Participación económica de los socios

Los socios contribuyen de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Usualmente reciben una compensación limitada, si es que hay, sobre el capital suscripto, como condición de socio. Los socios asignan excedentes para cualquiera o todos los siguientes propósitos: el desarrollo de la cooperativa, mediante la posible creación de reservas, de las cuales al menos una parte debe ser indivisible; los beneficios para los socios en proporción con sus transacciones con la cooperativa; y el apoyo a otras actividades, según lo aprueben los socios.

 Cuarto principio: Autonomía e independencia

Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua controladas por sus socios. Si entran en acuerdos con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus socios y mantengan la autonomía de la cooperativa.

Quinto principio: Educación, entrenamiento e información

Las cooperativas brindan educación y entrenamiento a sus socios, a sus dirigentes electos, gerentes y empleados, de tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo de sus cooperativas. Las cooperativas informan al público en general, particularmente a los jóvenes y creadores de opinión acerca de la naturaleza y beneficios del cooperativismo.

 Sexto principio: Cooperación entre cooperativas

Las cooperativas sirven a sus socios más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo, trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.

Séptimo principio: Compromiso con la comunidad

La cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad por medio de políticas aceptadas por sus socios

2. ¿De qué tipo es la cooperativa que vais a hacer vosotros?

Tipo de cooperativa de trabajo asociado

3.¿Cuándo se elige al consejo rector?

Se elige en la primera asamblea constituyente

4.¿Quién redacta el acta constituyente?


El secretario

5.¿Quién va a ser el responsable de inscribir la cooperativa en el registro de cooperativas de Valnalón)

Equipo responsable

6.¿Quiénes son el presidente, vicepresidente y secretario?

Presidente:Sergio
Vicepresidente:Nerea
Secretaria:Maria y Ana

7. ¿Cómo vais a organizar la cooperativa?

8.¿Cuándo celebraréis la asamblea ordinaria?. Por qué .

Una vez al año.

9.¿Cuándo se reúne la asamblea extraordinaria?

Se reunirán en cualquier momento que desee el consenjo rector o el 20% de los socios.

10.¿Cómo se hace la convocatoria de la asamblea?

Se hará mediante un anuncio publico en el domicilio social de la sociedad cooperativa. Deberá realizarse con una antelación minima de 15 días, y habrá que expresar con claridad los asuntos a tratar en el orden del día, el lugar, el día y la hora de la reunión en 1º y 2ª convocatoria.

11.¿Cómo se toman los acuerdos en la asamblea?

ADOPCIÓN DE ACUERDOS: Los acuerdos de la asamblea general, a excepción de los supuestos previstos en la presente ley en los estatutos, serán adoptados por más de la mitad de los votos validamente expresados no siendo computables a estos efectos los votos en blanco ni las abstenciones.

12.¿Con qué numero se constituye validamente la asamblea?

1ªCONVOCATORIA. si están presente o representados más de la mitad de los votos sociales.
2ªCONVOCATORIA cuando lo estén al menos del 10% de los mismos

13.¿Quién firma las actas y dónde se guardan?

Debe ser firmada por el secretario o persona quien autorice y bajo supervisión y responsabilidad, al libro de actas de la asamblea general.

 

14.funciones del consejo rector


- Convocar reuniones
- Aplicar normas de disciplinas social
-Formular las cuentas anuales
- Custodiar los libros sociales
-Gestión de la cooperativa