1. ¿A qué principios se tienen que someter las cooperativas?. Buscadlos en Internet y comentadlos.
Principios cooperativos
Primer principio: Adhesión abierta y voluntaria
Las cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la condición de socios, sin discriminación de género, raza, clase social, posición política o religiosa.
Segundo principio: Control democrático de los socios
Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus socios, quienes participan activamente en la definición de las políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar a su cooperativa, responden ante los socios. En las cooperativas de base, los socios tienen igual derecho de voto (un socio, un voto), mientras en las cooperativas de otros niveles también se organizan con procedimientos democráticos.
Tercer principio: Participación económica de los socios
Los socios contribuyen de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Usualmente reciben una compensación limitada, si es que hay, sobre el capital suscripto, como condición de socio. Los socios asignan excedentes para cualquiera o todos los siguientes propósitos: el desarrollo de la cooperativa, mediante la posible creación de reservas, de las cuales al menos una parte debe ser indivisible; los beneficios para los socios en proporción con sus transacciones con la cooperativa; y el apoyo a otras actividades, según lo aprueben los socios.
Cuarto principio: Autonomía e independencia
Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua controladas por sus socios. Si entran en acuerdos con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus socios y mantengan la autonomía de la cooperativa.
Quinto principio: Educación, entrenamiento e información
Las cooperativas brindan educación y entrenamiento a sus socios, a sus dirigentes electos, gerentes y empleados, de tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo de sus cooperativas. Las cooperativas informan al público en general, particularmente a los jóvenes y creadores de opinión acerca de la naturaleza y beneficios del cooperativismo.
Sexto principio: Cooperación entre cooperativas
Las cooperativas sirven a sus socios más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo, trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.
Séptimo principio: Compromiso con la comunidad
La cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad por medio de políticas aceptadas por sus socios
2. ¿De qué tipo es la cooperativa que vais a hacer vosotros?
Tipo de cooperativa de trabajo asociado
3.¿Cuándo se elige al consejo rector?
Se elige en la primera asamblea constituyente
4.¿Quién redacta el acta constituyente?
El secretario
5.¿Quién va a ser el responsable de inscribir la cooperativa en el registro de cooperativas de Valnalón)
Equipo responsable
6.¿Quiénes son el presidente, vicepresidente y secretario?
Presidente:Sergio
Vicepresidente:Nerea
Secretaria:Maria y Ana
7. ¿Cómo vais a organizar la cooperativa?
8.¿Cuándo celebraréis la asamblea ordinaria?. Por qué .
Una vez al año.
9.¿Cuándo se reúne la asamblea extraordinaria?
Se reunirán en cualquier momento que desee el consenjo rector o el 20% de los socios.
10.¿Cómo se hace la convocatoria de la asamblea?
Se hará mediante un anuncio publico en el domicilio social de la sociedad cooperativa. Deberá realizarse con una antelación minima de 15 días, y habrá que expresar con claridad los asuntos a tratar en el orden del día, el lugar, el día y la hora de la reunión en 1º y 2ª convocatoria.
11.¿Cómo se toman los acuerdos en la asamblea?
ADOPCIÓN DE ACUERDOS: Los acuerdos de la asamblea general, a excepción de los supuestos previstos en la presente ley en los estatutos, serán adoptados por más de la mitad de los votos validamente expresados no siendo computables a estos efectos los votos en blanco ni las abstenciones.
12.¿Con qué numero se constituye validamente la asamblea?
1ªCONVOCATORIA. si están presente o representados más de la mitad de los votos sociales.
2ªCONVOCATORIA cuando lo estén al menos del 10% de los mismos
13.¿Quién firma las actas y dónde se guardan?
Debe ser firmada por el secretario o persona quien autorice y bajo supervisión y responsabilidad, al libro de actas de la asamblea general.
14.funciones del consejo rector
- Convocar reuniones
- Aplicar normas de disciplinas social
-Formular las cuentas anuales
- Custodiar los libros sociales
-Gestión de la cooperativa